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Conteo de votos:
En el caso de Guatemala, las elecciones inician en todas los centros de votación a las siete de la mañana del día de su celebración. El cierre de los centro de votaciones sucede a las seis de la tarde del mismo día, con la excepción de que haya aún ciudadanos en fila dentro del centro, quiénes aún podrán ejercer el sufragio. Cerrada la votación, los encargados del conteo de los votos ejercidos en el centro son los miembros de la Junta Receptora de Votos -JRV-. Estos procederán a la apertura de las urnas y al escrutinio de votos, comprobando su coincidencia con el número de votantes y contando los votos emitidos a favor de cada partido, los en blanco y los votos nulos (TSE, 2016).
Contados los votos, el presidente de la JRV constará en un acta los votos válidos emitidos y hará entrega de los mismos a los delegados de la Junta Electoral Municipal -JEM-. Esta deberá recopilar todas las actas y resultados de las JRV dentro de su jursidicción y establecer el resultado oficial dentro de su municipio (TSE, 2016). Inmediatamente, el representante de la JEM deberá trasladar los resultados de su jurisdicción a la Junta Electoral Departamental -JED- para que dicho órgano electoral pueda totalizar los resultados preliminares del proceso electoral en su departamento. Estos resultados se enviarán al Tribunal Supremo Electoral -TSE- para que se haga el anuncio oficial del proceso electoral en disputa.